Ejecutivo declara Estado de Emergencia por 60 días en algunos distritos de 6 provincias de San Martín

Gobierno Nacional continúa atendiendo gestiones del gobernador regional Walter Grundel, quien pidió la declaratoria de emergencia a inicios del mes de abril por daños a consecuencia de las intensas lluvias

 En atención a las gestiones del gobernador regional de San Martín, Walter Grundel Jiménez, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) emitió ayer el Decreto Supremo Nº058-2023-PCM declarando el Estado de Emergencia por el plazo de sesenta (60) días calendario, en 13 distritos de seis provincias del departamento de San Martín.

El Estado de Emergencia se considera para los distritos de Chazuta, Papaplaya y Shapaja de la provincia de San Martín; Picota, Pucacaca, San Cristóbal y San Hilarión de la provincia de Picota; Caynarachi y Tabalosos de la provincia de Lamas; El Eslabón y Saposoa de la provincia de Huallaga; San Rafael de la provincia de Bellavista, y Shunté de la provincia de Tocache, todas estas localidades fueron afectadas por las intensas lluvias que han producido inundaciones, deslizamientos, interrupciones de vías, pérdidas de viviendas, sembríos, animales, entre otros.

La Declaratoria de Emergencia fue aprobada por la PCM en base a la documentación debidamente sustentada, con todas las evidencias de los daños ocasionados a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales, que fue presentada por el gobernador regional Walter Grundel, a través el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI. Esta disposición emitida por el Ejecutivo permite realizar la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Grundel Jiménez dijo que, con su equipo técnico se elaboró la solicitud informando que las intensas precipitaciones pluviales vienen afectando de manera significativa la salud de las personas, viviendas, infraestructura educativa y de salud, vías de comunicación, infraestructura de riego, áreas de cultivo y las redes de agua y alcantarillado, entre otros, en los distritos y provincias antes mencionadas.

De acuerdo a los puntos establecidos por el referido Decreto Supremo, el Gobierno Regional de San Martín y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del INDECI y la participación de los ministerios de Salud, Educación, Desarrollo Agrario y Riego,  Vivienda, Transportes,  Energía y Minas,  de la Mujer, Desarrollo e Inclusión Social, del Interior y el Ministerio de Defensa; asimismo las demás instituciones públicas y privadas involucradas, ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas.

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